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Horas extras en México: cómo se pagan con la reforma de 2026 (dobles, triples y su ISR)

Por Germán Alexis Quevedo Caro · 3 de julio de 2026

Las horas extras en México cambiaron de reglas: la reforma de la jornada laboral publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2026 modificó cuántas puedes trabajar por semana, cuáles se pagan al doble y desde cuál se pagan al triple. Y como el tope va a subir en escalones hasta 2030, la cuenta que hacías antes ya no sirve. Aquí tienes las reglas vigentes, el valor exacto de tu hora, cuánto ISR te descuentan y qué hacer si tu patrón no te las paga. Si quieres el número directo, la calculadora de horas extras de Casheva hace toda la cuenta por ti.

Qué cambió con la reforma de 2026

El decreto reforma la Ley Federal del Trabajo para bajar la jornada semanal máxima de forma gradual: 48 horas en 2026, 46 en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 desde 2030, sin que puedan reducirte el salario ni las prestaciones. Y de paso reorganizó el tiempo extraordinario: el viejo límite de "3 horas al día, 3 veces por semana" desapareció del texto vigente. Ahora el tope de horas extra es semanal, se puede repartir en hasta 4 horas por día durante un máximo de 4 días, y también sube año con año.

AñoJornada semanal máximaHoras extra al dobleAl triple (máximo 4 más)
202648 horaslas primeras 9 de la semanade la 10.ª a la 13.ª
202746 horaslas primeras 9de la 10.ª a la 13.ª
202844 horaslas primeras 10de la 11.ª a la 14.ª
202942 horaslas primeras 11de la 12.ª a la 15.ª
203040 horaslas primeras 12de la 13.ª a la 16.ª

Dos candados fijos completan el esquema: el excedente que se paga al triple no puede ser mayor de 4 horas por semana, y la jornada total —la normal más la extra— nunca puede pasar de 12 horas al día. Además, la reforma obliga a las empresas a llevar un registro electrónico de la jornada de cada trabajador, exigible desde el 1 de enero de 2027, con multas de 250 a 5,000 UMA por incumplir. Ese registro dejará constancia de cada hora que trabajes.

Cuánto vale tu hora: la base de todo el cálculo

Antes de hablar de dobles y triples necesitas el valor de tu hora ordinaria, y ahí muchos se equivocan. No se divide el sueldo entre las horas que de hecho trabajas: se divide entre las horas de tu jornada legal, que el artículo 61 de la LFT fija según el horario en que laboras.

  • Salario diario = sueldo mensual ÷ 30. Con $12,000 al mes: $400 diarios.
  • Valor de tu hora = salario diario ÷ horas de tu jornada: 8 si es diurna (entre las 6:00 y las 20:00), 7 si es nocturna (entre las 20:00 y las 6:00) y 7.5 si es mixta. Siguiendo el ejemplo, en jornada diurna: $400 ÷ 8 = $50 por hora.

Detalle a favor del trabajador nocturno: su jornada legal es más corta, así que cada hora vale más — con los mismos $400 diarios, la hora nocturna vale $400 ÷ 7 = $57.14.

Cuándo se pagan dobles y cuándo triples

La regla de pago no cambió: el artículo 67 de la LFT manda pagar las horas de trabajo extraordinario con un 100% más del salario que corresponde a la hora de jornada, es decir, al doble. Lo que cambió es hasta dónde llega ese doble: aplica a las horas extra dentro del tope semanal del año, que fija el artículo 66 reformado (9 horas en 2026 y 2027, 10 en 2028, 11 en 2029 y 12 desde 2030).

Todo lo que exceda ese tope entra al artículo 68: se paga con un 200% más, o sea al triple, y no puede ser mayor de 4 horas por semana. Con el ejemplo de la hora de $50: cada hora doble te la deben pagar a $100 y cada hora triple a $150.

Y si tu patrón te hace trabajar por encima del límite legal, esas horas no se pierden: se te deben igual (al triple), pero es él quien se expone a sanciones. Tampoco estás obligado a aceptar tiempo extraordinario más allá de lo permitido.

El ISR de tus horas extras: la mitad puede ir libre

Las horas extras sí pagan impuesto, pero con un alivio importante. El artículo 93, fracción I, de la Ley del ISR las trata así:

  • Si ganas el salario mínimo: tus horas extra dentro del límite legal están 100% exentas de ISR.
  • Si ganas más del mínimo: está exento el 50% de lo que cobres por horas extra dentro del límite, con un tope de 5 UMA por semana. Con la UMA 2026 de $117.31 (INEGI), ese tope es de $586.55 semanales.
  • Las horas que exceden el límite legal —las triples— gravan completas, sin exención.

La parte gravada se suma a tus demás ingresos del periodo y tu patrón te retiene el ISR en la nómina, según la tarifa del SAT. Por eso una quincena con muchas horas extra puede subirte de renglón y el descuento se siente mayor: no es un error. Puedes checar tu renglón exacto en la calculadora de ISR y ver cuánto te queda de bolsillo con la calculadora de sueldo neto.

Ejemplo completo: $12,000 al mes y 11 horas extra

Supongamos que ganas $12,000 mensuales, tu jornada es diurna y en una semana de 2026 trabajaste 11 horas extra:

  • Salario diario: $12,000 ÷ 30 = $400.
  • Valor de tu hora: $400 ÷ 8 = $50.
  • Horas al doble: las primeras 9 → 9 × $100 = $900.
  • Horas al triple: las 2 que pasaron del tope → 2 × $150 = $300.
  • Total de la semana por horas extra: $1,200.

Para el ISR: el 50% de tus $900 de horas dobles son $450, que quedan exentos porque no superan el tope de $586.55. Los otros $450 de las dobles y los $300 de las triples ($750 en total) sí se suman a tu base gravable de la quincena. Aun con esa retención, las 11 horas te dejan bastante más que tu salario normal: en jornada ordinaria, 11 horas valdrían $550; como extras, $1,200 brutos.

Qué hacer si tu patrón no te las paga

Las horas extra deben venir pagadas en la nómina del periodo en que las trabajaste, desglosadas en tu recibo. Si no aparecen, aparecen incompletas o te las quieren "compensar" con tiempo libre sin tu acuerdo, tienes camino legal:

  • Junta evidencia: recibos de nómina, registros de entrada y salida, correos o mensajes donde te pidan quedarte más tiempo. Desde 2027, el registro electrónico de jornada que exige la reforma será prueba directa.
  • Reclama primero por escrito a recursos humanos o a tu patrón: muchas veces el pago se corrige sin llegar más lejos.
  • Acude a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo): asesoría, conciliación y representación legal gratuitas. Teléfonos 800 911 7877 y 800 717 2942, correo [email protected], o sus oficinas en todo el país.
  • No lo dejes enfriar: el artículo 516 de la LFT te da un año para reclamar, contado desde que el pago se volvió exigible. Pasado ese plazo, la acción prescribe.

Antes de reclamar, llega con el número exacto: pon tu salario, tu jornada y tus horas de la semana en la calculadora de horas extras de Casheva y te dice al instante cuáles van al doble, cuáles al triple, cuánto te deben pagar y cuánto queda exento de ISR con las reglas vigentes de la reforma.

Calculadoras para hacer los números

Horas extras Cuánto te tienen que pagar la hora al 50 y al 100. ISR Cuánto ISR te descuentan del sueldo. Sueldo neto De bruto a lo que recibes de bolsillo.