Calculadora de ISR en México: cuánto te descuentan del sueldo
Pon tu ingreso gravable y mira cuánto ISR te retienen con la tarifa oficial del SAT para 2026, tu tasa efectiva y el renglón de la tabla que te aplica.
⚠️ Tarifa vigente todo 2026 (Anexo 8 RMF 2026, SAT); tu retención real puede variar por prestaciones exentas, IMSS y beneficios de tu nómina — para el neto completo usa la calculadora de sueldo.
Tarifa mensual del ISR 2026 (art. 96 LISR)
| Renglón | Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | % sobre excedente |
|---|---|---|---|---|
| 1 | $0.01 | $844.59 | $0.00 | 1.92% |
| 2 | $844.60 | $7,168.51 | $16.22 | 6.40% |
| 3 | $7,168.52 | $12,598.02 | $420.95 | 10.88% |
| 4 | $12,598.03 | $14,644.64 | $1,011.68 | 16.00% |
| 5 | $14,644.65 | $17,533.64 | $1,339.14 | 17.92% |
| 6 | $17,533.65 | $35,362.83 | $1,856.84 | 21.36% |
| 7 | $35,362.84 | $55,736.68 | $5,665.16 | 23.52% |
| 8 | $55,736.69 | $106,410.50 | $10,457.09 | 30.00% |
| 9 | $106,410.51 | $141,880.66 | $25,659.23 | 32.00% |
| 10 | $141,880.67 | $425,641.99 | $37,009.69 | 34.00% |
| 11 | $425,642.00 | En adelante | $133,488.54 | 35.00% |
Ver la tarifa anual 2026 (art. 152 LISR)
| Renglón | Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | % sobre excedente |
|---|---|---|---|---|
| 1 | $0.01 | $10,135.11 | $0.00 | 1.92% |
| 2 | $10,135.12 | $86,022.11 | $194.59 | 6.40% |
| 3 | $86,022.12 | $151,176.19 | $5,051.37 | 10.88% |
| 4 | $151,176.20 | $175,735.66 | $12,140.13 | 16.00% |
| 5 | $175,735.67 | $210,403.69 | $16,069.64 | 17.92% |
| 6 | $210,403.70 | $424,353.97 | $22,282.14 | 21.36% |
| 7 | $424,353.98 | $668,840.14 | $67,981.92 | 23.52% |
| 8 | $668,840.15 | $1,276,925.98 | $125,485.07 | 30.00% |
| 9 | $1,276,925.99 | $1,702,567.97 | $307,910.81 | 32.00% |
| 10 | $1,702,567.98 | $5,107,703.92 | $444,116.23 | 34.00% |
| 11 | $5,107,703.93 | En adelante | $1,601,862.46 | 35.00% |
Fuente: SAT, Anexo 8 de la RMF 2026 (DOF 28/12/2025). ISR = cuota fija + (ingreso − límite inferior) × % sobre excedente. En la retención mensual se acredita el subsidio al empleo de $535.65 si tu ingreso no pasa de $11,492.66.
¿Cómo se calcula el ISR de tu sueldo en México?
El ISR (Impuesto Sobre la Renta) es el impuesto que tu patrón te retiene cada mes de tu sueldo. Se calcula con una tarifa progresiva del SAT: tu ingreso gravable se ubica en un renglón de la tabla y pagas una cuota fija más un porcentaje sobre lo que excede del límite inferior de ese renglón. Para 2026 rige la tarifa del Anexo 8 de la RMF 2026 (actualizada por inflación, +13.21%), con 11 renglones que van del 1.92% al 35%. Si ganas poco, el subsidio al empleo reduce o elimina la retención.
Cómo usar esta calculadora
Elige el periodo (mensual para la retención de nómina, anual para la declaración del ejercicio) y pon tu ingreso gravable. La calculadora ubica tu renglón en la tarifa oficial, aplica la fórmula cuota fija + excedente × porcentaje y, en el cálculo mensual, resta el subsidio al empleo de $535.65 si tu ingreso no pasa de $11,492.66. Te muestra el ISR a retener, tu tasa efectiva y el paso a paso del cálculo, con la tabla completa del SAT abajo para checar cualquier renglón.
Cómo se calcula: ISR = cuota fija + (ingreso gravable − límite inferior del renglón) × % sobre excedente (arts. 96 y 152 LISR, tarifas Anexo 8 RMF 2026). En mensual se acredita el subsidio al empleo de $535.65 si el ingreso no excede $11,492.66 (decreto DOF 31/12/2025).
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el ISR de mi sueldo?
Se ubica tu ingreso gravable del mes en la tarifa del art. 96 de la LISR y se aplica: ISR = cuota fija + (ingreso − límite inferior del renglón) × % sobre el excedente. Por ejemplo, con $15,000 caes en el renglón de $14,644.65: $1,339.14 + ($15,000 − $14,644.65) × 17.92% = $1,402.82 de retención. Si tu ingreso es bajo, además se resta el subsidio al empleo.
¿Qué es el subsidio al empleo y a quién le toca en 2026?
Es un apoyo que se acredita contra tu ISR mensual: en 2026 son $535.65 al mes (decreto DOF 31/12/2025; en enero fue $536.21). Solo te toca si tu ingreso mensual base no excede $11,492.66 — el corte es seco: un peso arriba del tope y se pierde completo, sin gradualidad. Si el subsidio supera tu ISR, la retención queda en cero, pero la diferencia no se te paga en efectivo ni se acredita después.
¿Cuál es la diferencia entre la tarifa mensual y la anual?
La mensual (art. 96 LISR) la usa tu patrón para retenerte ISR en cada nómina; la anual (art. 152 LISR) sirve para calcular el impuesto de todo el ejercicio en la declaración anual de abril. Son consistentes entre sí: cada renglón de la anual es exactamente el mensual multiplicado por 12, así que si tu ingreso es parejo todo el año, ambas dan el mismo resultado.
¿El aguinaldo y la prima vacacional pagan ISR?
Solo en parte. El art. 93 de la LISR exenta el aguinaldo hasta por 30 UMA ($3,519.30 en 2026) y la prima vacacional hasta por 15 UMA ($1,759.65). Lo que exceda de esos montos se suma a tus ingresos gravables del mes en que lo cobras y paga ISR según tu tarifa. Puedes checar tu caso con las calculadoras de aguinaldo y de vacaciones.
Fuente de los datos: SAT — Anexo 8 de la RMF 2026 (DOF 28/12/2025), arts. 96 y 152 de la LISR · Subsidio al empleo: decreto DOF 31/12/2025 (sitio oficial). Ver metodología y fuentes.
Hecho por el equipo de Casheva · Última revisión del contenido: julio de 2026.