Aguinaldo 2026: cuándo se cobra, cómo se calcula y qué pasa si no te lo pagan
Por el equipo de Casheva · 2 de julio de 2026
El aguinaldo (Sueldo Anual Complementario o SAC) se paga en dos cuotas: la primera vence el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre. Así lo fija la Ley 27.073, que modificó el artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo. Cada cuota es el 50% de tu mejor sueldo bruto del semestre, y de ese bruto te descuentan los aportes de siempre (17%). Acá va todo lo que tenés que saber: las fechas exactas de 2026, el cálculo con ejemplo, qué pasa si trabajaste menos de seis meses, si paga Ganancias, si te lo pueden embargar y qué hacer si no aparece en tu cuenta.
Cuándo se cobra: las fechas límite de 2026
La ley pone un vencimiento, pero admite una tolerancia: el artículo 128 de la LCT da hasta 4 días hábiles de plazo para el pago de remuneraciones, y esa es la interpretación que se aplica también al aguinaldo. En 2026 las fechas quedan así:
| Cuota | Semestre que paga | Vencimiento legal (Ley 27.073) | Con tolerancia de 4 días hábiles |
|---|---|---|---|
| 1ª cuota | Enero a junio | Martes 30 de junio de 2026 | Hasta el lunes 6 de julio |
| 2ª cuota | Julio a diciembre | Viernes 18 de diciembre de 2026 | Hasta el jueves 24 de diciembre |
Ojo con un detalle que confunde: la segunda cuota no vence a fin de año sino el 18 de diciembre. Ese adelanto lo trajo la Ley 27.073 justamente para que el aguinaldo llegue antes de las fiestas. Si tu empleador te lo deposita el 28 de diciembre, ya está pagando fuera de término.
Cómo se calcula (con ejemplo)
La cuenta es corta: se toma la mayor remuneración mensual del semestre —por todo concepto: sueldo básico, horas extra, comisiones, premios habituales— y se divide por dos. No es el promedio del semestre ni el último sueldo: es el mejor mes. Sobre ese bruto se aplican los mismos descuentos que sobre tu sueldo:
- Jubilación: 11%
- Ley 19.032 (PAMI): 3%
- Obra social: 3%
En total, un 17%. Con números: si tu mejor sueldo bruto del semestre fue de $1.500.000, el aguinaldo bruto es de $750.000; te descuentan $127.500 (el 17%) y cobrás $622.500 netos. Si además pagás Impuesto a las Ganancias, el neto puede ser algo menor (más abajo te explicamos cómo funciona). Las asignaciones familiares y los conceptos no remunerativos no entran en la base del cálculo.
El proporcional: si no trabajaste el semestre completo
El aguinaldo se gana por tiempo trabajado. Si entraste en abril, o renunciaste en octubre, cobrás la parte proporcional: la mitad de tu mejor sueldo, multiplicada por los meses trabajados sobre seis (artículo 123 de la LCT). Siguiendo el ejemplo anterior, con 3 meses trabajados el bruto sería ($1.500.000 ÷ 2) × (3 ÷ 6) = $375.000.
Tres situaciones típicas:
- Renuncia o despido: te corresponde el SAC proporcional al tiempo trabajado del semestre, sea cual sea el motivo de la salida. Se paga junto con la liquidación final.
- Casas particulares: el personal doméstico registrado cobra aguinaldo igual que cualquier empleado (Ley 26.844), con las mismas fechas.
- Jubilados y pensionados: ANSES paga el medio aguinaldo junto con los haberes de junio y de diciembre.
Quienes no cobran aguinaldo: monotributistas, autónomos y quienes facturan como proveedores, porque no hay relación de dependencia. Y un punto importante: si trabajás en negro, el derecho existe igual —la ley lo reconoce a todo trabajador en relación de dependencia, registrado o no—; el tema es que reclamarlo requiere los pasos que vemos al final.
¿El aguinaldo paga Ganancias? ¿Te lo pueden embargar?
Sí, el SAC está alcanzado por el Impuesto a las Ganancias. Pero no te pega todo junto en junio y diciembre: el régimen de retención (RG 4003) lo prorratea en doceavos, es decir, cada mes tu empleador suma a la base del impuesto una porción del aguinaldo, y así el impacto se reparte a lo largo del año.
Ahora bien, solo te afecta si tu sueldo llega al piso del impuesto. Según las deducciones oficiales de ARCA del período enero-junio 2026, un soltero sin otras deducciones empieza a pagar Ganancias desde un bruto de aproximadamente $3.000.000 por mes (con cónyuge y dos hijos a cargo, el piso sube a unos $3.980.000). Si estás por debajo, tu aguinaldo no sufre retención del impuesto. Tené en cuenta que ARCA publica a mitad de julio la tabla del segundo semestre, con efecto retroactivo al 1/7, y esos pisos van a subir.
¿Y te lo pueden embargar? Sí: el aguinaldo es remuneración, así que sigue las mismas reglas de embargabilidad que el sueldo (Decreto 484/87):
- Lo que cobrás hasta un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) es inembargable.
- Si tu remuneración supera un SMVM pero no llega a dos, se puede embargar hasta el 10% de lo que excede el mínimo.
- Si supera dos SMVM, hasta el 20% del excedente.
La excepción son las cuotas alimentarias: para alimentos esos topes no rigen y el porcentaje lo fija el juez según el caso. En la práctica, el mes que cobrás aguinaldo la base sobre la que se calcula el embargo es más grande, así que el descuento de ese mes también lo es.
Qué hacer si no te lo pagan
Pasó el vencimiento, pasaron los 4 días hábiles de tolerancia y el aguinaldo no apareció. El camino, en orden:
- Reclamá por escrito adentro: primero un mail o nota a RR.HH. pidiendo fecha de pago. Muchas veces se resuelve ahí y te queda constancia.
- Intimá de manera fehaciente: si no hay respuesta, mandá un telegrama laboral. Para el trabajador es gratuito (Ley 23.789) desde cualquier sucursal del Correo Argentino: intimás el pago en 48 horas.
- Denuncia o conciliación: si sigue sin aparecer, iniciá el reclamo ante la autoridad laboral. En CABA es el SECLO (conciliación laboral obligatoria, previa al juicio); en las provincias, la secretaría o el ministerio de trabajo local.
- Juicio laboral: es la última instancia, con abogado laboralista. Tenés 2 años desde que el pago era exigible para reclamar (artículo 256 de la LCT); después prescribe.
La falta de pago del aguinaldo es un incumplimiento grave del empleador: además del reclamo puntual, en algunos casos habilita a considerarse injuriado. Antes de llegar a eso, el telegrama gratuito suele destrabar la mayoría de los casos.
¿Querés saber cuánto te corresponde exactamente? Poné tu mejor sueldo bruto del semestre y los meses trabajados en la calculadora de aguinaldo: te da el bruto, cada descuento por separado y el neto que tiene que aparecer en tu recibo.