Cuota alimentaria: cómo se calcula, cómo se actualiza y qué pasa si no la pagan
Por Germán Alexis Quevedo Caro · 15 de julio de 2026
La cuota alimentaria es lo que aporta el progenitor que no convive con sus hijos para cubrir su manutención: comida, vivienda, salud, educación, ropa y esparcimiento. En Argentina no hay una tabla oficial ni un porcentaje fijado por ley: la cuota la determina el juez —o el acuerdo entre los padres homologado en el juzgado—. Acá va cómo se fija en la práctica, cómo se actualiza para que la inflación no la licúe y qué pasa cuando no la pagan.
Quién la paga y hasta cuándo
El Código Civil y Comercial es claro: ambos progenitores deben alimentar a sus hijos conforme a su condición y fortuna, convivan o no con ellos (artículo 658). La obligación rige hasta los 21 años —no hasta los 18—, salvo que el hijo mayor tenga recursos propios, y se extiende hasta los 25 si estudia o se capacita en un oficio y eso le impide sostenerse solo (artículo 663).
Un punto que suele pasarse por alto: las tareas cotidianas de cuidado tienen valor económico (artículo 660). Quien convive con el hijo ya aporta con su tiempo, y por eso la cuota en dinero recae, en general, sobre el que no convive.
Cómo fijan el monto los jueces
La regla del artículo 659 pide equilibrio entre las necesidades del alimentado y las posibilidades del alimentante, y enumera qué cubre la cuota: manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y lo necesario para aprender una profesión u oficio.
Cuando el obligado trabaja en relación de dependencia, lo más común es fijar la cuota como un porcentaje de sus ingresos netos —el sueldo de bolsillo, computando también aguinaldo, bonos y comisiones—. La ventaja es práctica: la cuota sube sola con cada aumento. No existe un número obligatorio, pero hay cámaras que vienen fijando, como orientación, cuotas del orden del 20% de los haberes netos por un hijo y de alrededor del 30% cuando son tres; puede ser más si el hijo tiene necesidades especiales.
Cuando los ingresos son irregulares —changas, monotributo, trabajo informal—, el juez suele fijar una suma fija en pesos con cláusula de actualización, tomando como vara el nivel de vida del hijo y los indicadores objetivos disponibles. El principal es la canasta de crianza.
La canasta de crianza del INDEC: la referencia objetiva
Desde julio de 2023, el INDEC publica todos los meses cuánto cuesta mantener y cuidar a un chico según su edad. La canasta suma dos componentes: los bienes y servicios (comida, ropa, vivienda, salud) y el costo del cuidado (las horas que requiere esa edad, valorizadas con el salario oficial del personal de casas particulares). Cada vez más juzgados la usan como parámetro para fijar o revisar cuotas.
| Edad | Bienes y servicios | Costo del cuidado | Total del mes |
|---|---|---|---|
| Menor de 1 año | $169.760 | $350.809 | $520.569 |
| 1 a 3 años | $219.200 | $400.925 | $620.125 |
| 4 y 5 años | $279.178 | $250.578 | $529.756 |
| 6 a 12 años | $346.321 | $319.628 | $665.950 |
Los valores son los de mayo de 2026, el último oficial al momento de escribir esta guía: el número vigente lo tenés siempre en la calculadora de cuota alimentaria de Casheva. Dos aclaraciones: el tramo de 4 y 5 años cuesta menos que el de 1 a 3 porque con la escolarización bajan las horas de cuidado (no es un error), y no hay valores oficiales para mayores de 12.
Ojo con la interpretación: la canasta mide el costo total de criar, que se reparte entre ambos progenitores. No es lo que debe pagar uno solo — el que convive aporta buena parte con su tiempo de cuidado. Es la vara para dimensionar la cuota, no la cuota misma.
Un ejemplo con números
Supongamos un padre que no convive, con un sueldo neto de $2.000.000, y un hijo de 8 años:
- Por porcentaje: con el criterio orientativo del 20% de los ingresos netos, la cuota rondaría los $400.000 por mes. Si el juzgado pondera gastos particulares (colegio, tratamientos), puede subir: un 25% serían $500.000.
- Contra la canasta: criar a un chico de 6 a 12 años costó $665.950 en mayo de 2026. Una cuota de $400.000 cubre más de la mitad de ese total, y el resto lo aporta la madre conviviente con dinero y con las horas de cuidado que la ley computa como aporte.
Los jueces suelen cruzar las dos referencias, para que la cuota sea razonable frente al costo real de crianza y a lo que el obligado efectivamente gana.
Cómo se actualiza: IPC y el aval de la Corte
Con la inflación argentina, una cuota fija en pesos pierde valor en pocos meses. Por eso las sentencias y convenios incluyen cláusulas de actualización automática, y el índice más usado es el IPC del INDEC: la cuota se multiplica por la inflación acumulada desde el último ajuste, con la periodicidad que ordene la sentencia (mensual, trimestral o semestral; algunos fallos usan el RIPTE, el salario mínimo o directamente la canasta de crianza).
La discusión legal quedó saldada: la Corte Suprema resolvió el 20 de febrero de 2024 que el reajuste automático de la cuota según el aumento del costo de vida no viola la prohibición de indexar de la ley 23.928, por la naturaleza asistencial del crédito alimentario. Desde ese fallo, dejar una cuota sin mecanismo de actualización es la excepción. El INDEC publica el IPC de cada mes a mediados del mes siguiente; la calculadora de cuota alimentaria actualiza cualquier monto con la serie oficial, y en la calculadora de inflación ves cuánto acumuló el IPC en el período que quieras.
Retención directa del sueldo
Si el obligado trabaja en blanco, el juzgado puede ordenar la retención directa: el empleador descuenta la cuota del sueldo cada mes y la deposita antes de que la plata pase por las manos del deudor. Es la forma más segura de cobrar en fecha, y con candado: el empleador que no cumple la orden de depositar lo que debió descontar se vuelve solidariamente responsable de la deuda (artículo 551) — la puede terminar pagando de su bolsillo. La calculadora de sueldo neto te dice cuánto es el neto sobre el que se aplica el porcentaje.
Qué pasa si no la pagan
El incumplimiento tiene consecuencias que van escalando:
- Intereses agravados: las cuotas atrasadas devengan la tasa más alta que cobran los bancos a sus clientes, más un adicional que fija el juez (artículo 552). Deber alimentos es la deuda más cara de tener.
- Registro de Deudores Alimentarios Morosos: con dos cuotas impagas —seguidas o alternadas— pueden inscribirte en el registro, creado por la ley 269 en la Ciudad de Buenos Aires y replicado por las provincias. Estar anotado bloquea trámites ante organismos públicos —habilitaciones, concesiones, permisos, apertura de cuentas— y alcanza a la licencia de conducir (con una excepción acotada para quienes manejan para trabajar: un permiso provisorio de 45 días por única vez).
- Medidas judiciales: ante el incumplimiento reiterado, el juez puede imponer las medidas razonables que hagan falta para que la sentencia se cumpla (artículo 553), además de ejecutar la deuda y embargar sueldos, cuentas y bienes.
- Denuncia penal: sustraerse de prestar los medios indispensables de subsistencia a un hijo menor de 18 años (o mayor impedido) es un delito, incluso sin sentencia civil previa: la ley 13.944 prevé prisión de un mes a dos años o multa, y de uno a seis años para quien se insolventa fraudulentamente para no pagar.
En resumen: la cuota se arma con el porcentaje de ingresos que marca la jurisprudencia, la canasta de crianza como referencia objetiva y una cláusula de actualización que la Corte ya avaló. Si tenés una cuota fijada y sospechás que quedó vieja, hacé la cuenta con el IPC oficial: en dos minutos sabés si es hora de pedir el ajuste.