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Horas extras en Argentina: cuándo son al 50%, cuándo al 100% y cómo calcularlas

Por Germán Alexis Quevedo Caro · 3 de agosto de 2026

Si te quedás trabajando después de hora, esa hora no vale lo mismo que una común: la ley obliga a pagarla con recargo. El artículo 201 de la Ley de Contrato de Trabajo fija dos escalones — 50% más en días comunes y 100% más en sábados después de las 13, domingos y feriados — y ninguna de las dos cosas cambió con la reforma laboral de 2026. Acá va la regla completa: cuándo una hora es extra, cómo se calcula cuánto vale la tuya, los topes legales, si suman para el aguinaldo y qué hacer si no te las pagan.

Qué cuenta como hora extra

Hora extra (la ley la llama "suplementaria") es la que trabajás por encima de tu jornada legal: 8 horas por día o 48 por semana, según la Ley 11.544. Si tu contrato o tu convenio fijan una jornada más corta, lo que exceda esa jornada también se discute — por eso siempre conviene mirar tu convenio colectivo, que puede mejorar (nunca empeorar) lo que dice la ley.

Dos aclaraciones que evitan confusiones:

  • No estás obligado a hacerlas. El artículo 203 de la LCT lo dice expreso: solo te pueden exigir horas extras ante peligro, accidente inminente o fuerza mayor. Fuera de eso, son voluntarias.
  • Que se hagan "en negro" no las borra. Toda hora trabajada fuera de la jornada se debe pagar con su recargo, se haya autorizado o no, se haya registrado o no.

¿Al 50% o al 100%? La regla del artículo 201

El recargo depende de cuándo hacés la hora, no de cuántas hagas. La tabla completa:

Cuándo hacés la hora extraRecargoSe paga
Lunes a viernes, fuera de tu jornada50%valor hora × 1,5
Sábado hasta las 1350%valor hora × 1,5
Sábado después de las 13100%valor hora × 2
Domingo100%valor hora × 2
Feriado100%valor hora × 2

Un caso aparte: si trabajás un feriado dentro de tu jornada normal, ese día se cobra doble (artículo 166 de la LCT). Y si encima ese feriado hacés horas por arriba de la jornada, esas horas extra llevan el recargo del 100%.

Cómo se calcula el valor de tu hora normal

Acá está la única parte gris del tema: ninguna ley fija el divisor para pasar de sueldo mensual a valor hora. En la práctica se usan dos métodos:

  • Dividir el sueldo por 200 (25 días × 8 horas). Es el método más extendido y el que adoptan convenios grandes como el de Comercio.
  • Dividir por tu jornada semanal × 4,33 (las semanas que tiene un mes promedio). Es más preciso si tu jornada no es de 48 horas: alguien que trabaja 36 horas semanales divide por 155,9, no por 200.

Para una jornada completa los dos métodos dan valores parecidos (48 × 4,33 = 207,8 contra 200). La regla de oro: si tu convenio colectivo fija su propio divisor u otros recargos, manda el convenio. Y el sueldo que se divide no es solo el básico: se toma la remuneración habitual, con los adicionales que cobrás todos los meses.

Ejemplo completo, con plata

Supongamos un sueldo de $1.500.000 por mes con jornada completa, usando el divisor 200:

  • Valor de la hora normal: $1.500.000 ÷ 200 = $7.500.
  • Hora al 50% (días comunes): $7.500 × 1,5 = $11.250.
  • Hora al 100% (sábado después de las 13, domingo o feriado): $7.500 × 2 = $15.000.

Si en el mes hiciste 10 horas extra en días de semana y 4 un domingo, la cuenta cierra así: 10 × $11.250 = $112.500, más 4 × $15.000 = $60.000. Total: $172.500 extra, un 11,5% arriba de tu sueldo. Con el método de la jornada semanal el valor hora daría $7.217 ($1.500.000 ÷ 207,8), apenas distinto. Para tu caso concreto — tu sueldo, tus horas, tu divisor — tenés la calculadora de horas extras de Casheva, que hace las tres cuentas al instante.

Los topes legales: 30 por mes, 200 por año

El Decreto 484/2000 fija el máximo de horas extras que un empleador puede requerir sin autorización previa: 30 horas por mes y 200 por año (y no más de 3 por día, límite que viene del viejo decreto reglamentario de la jornada). Estos topes siguen vigentes: la reforma laboral de 2026 no los tocó.

Ojo con la lectura correcta: el tope limita al empleador, no tu bolsillo. Si trabajaste por encima del tope, esas horas igual se te deben pagar con su recargo — el exceso es una infracción del empleador ante la autoridad laboral, no una quita para vos.

¿Las horas extras van al aguinaldo?

Sí. Las horas extras son remuneración: llevan aportes y cuentan para el SAC. Como el aguinaldo es el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto del semestre (Ley 23.041), un mes cargado de extras puede convertirse en tu mejor mes y subir el aguinaldo entero. Siguiendo el ejemplo: si tu mejor mes pasa de $1.500.000 a $1.672.500 por las extras, el medio aguinaldo sube de $750.000 a $836.250. Podés verlo con tus números en la calculadora de aguinaldo.

Banco de horas: la novedad de 2026

La Ley 27.802 de Modernización Laboral (marzo de 2026) sumó a la LCT el artículo 197 bis: ahora podés pactar con tu empleador compensar horas extras con descanso — banco de horas, francos compensatorios y esquemas parecidos — en lugar de cobrarlas con recargo. Pero con condiciones estrictas: el acuerdo tiene que ser voluntario, por escrito, con límites claros y un registro confiable de las horas trabajadas y las disponibles para tomarte. Si no firmaste nada, no hay banco de horas que valga: tus extras se pagan en plata, con los recargos de siempre.

Qué hacer si no te las pagan

El reclamo tiene un camino conocido, y conviene empezarlo temprano porque los créditos laborales prescriben a los 2 años (artículo 256 de la LCT):

  • Juntá pruebas desde ahora: anotá cada día tus horarios reales, guardá los recibos de sueldo, mails, mensajes, registros de ingreso y salida. En un juicio por horas extras, la prueba es todo.
  • Reclamá por escrito al empleador. Para eso existe el telegrama laboral de la Ley 23.789: se manda desde cualquier sucursal del Correo Argentino y es gratuito para el trabajador.
  • Si no hay respuesta, escalá: la secretaría de trabajo de tu provincia (o el SECLO en CABA, la conciliación obligatoria previa al juicio) y un abogado laboralista. En los recibos, las extras tienen que figurar como concepto propio: si te las pagan "en negro" o disfrazadas de premio, también es reclamable.

Y un cierre práctico: antes de reclamar, sacá el número exacto. Con la calculadora de horas extras sabés cuánto vale tu hora al 50% y al 100%, y con la calculadora de sueldo neto ves cuánto de eso llega a tu bolsillo después de los descuentos. Reclamar con el número en la mano siempre es más fácil.

Calculadoras para hacer los números

Horas extras Cuánto te tienen que pagar la hora al 50 y al 100. Sueldo neto De bruto a lo que cobrás de bolsillo. Aguinaldo Calculá tu aguinaldo, completo o proporcional. Indemnización y liquidación final Despido o renuncia: lo que te corresponde cobrar.